09/03/2026
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La Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos denuncia la detención arbitraria de al menos tres personas en el marco de las movilizaciones del 8 de marzo, Día Internacional de las Mujeres, en la Ciudad de Oaxaca. Entre las personas detenidas por elementos de la Policía Estatal, se encuentran Quetzal Zúñiga Núñez, Lourdes Nava y Diego Jacob Cano, integrantes de la Asamblea Oaxaqueña por Palestina, quienes fueron privadas de su libertad en el zócalo de la ciudad
Estos hechos constituyen una violación grave a los derechos humanos, al derecho a la protesta pacífica y al derecho a defender derechos humanos, además de configurar una forma de violencia institucional que busca intimidar y desalentar la participación ciudadana. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 6 la libertad de expresión y en el artículo 9 el derecho de reunión y manifestación pacífica, mientras que el artículo 16 prohíbe detenciones sin mandamiento escrito de autoridad competente, lo que convierte estas privaciones de libertad en detenciones arbitrarias. Asimismo, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia reconoce la violencia institucional como aquella ejercida por servidores públicos que obstaculizan el goce de derechos y obliga al Estado a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, incluyendo en el espacio público y en el ejercicio de la protesta.
A nivel internacional, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos protege la libertad personal y prohíbe las detenciones arbitrarias, además de garantizar la libertad de expresión y reunión pacífica. La Convención Americana sobre Derechos Humanos establece en sus artículos 7 y 13 el derecho a la libertad personal y a la protesta, mientras que la Declaración sobre Defensores de Derechos Humanos de la ONU reconoce el derecho de toda persona a promover y defender derechos humanos sin sufrir represalias ni criminalización.
El Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU ha señalado que la privación de libertad sin fundamento legal constituye una violación grave de derechos humanos y un acto contrario al derecho internacional.
En este contexto, la detención de Lourdes, Quetzal y Diego constituye una detención arbitraria, ilegal y violatoria del debido proceso, además de ser una forma de violencia institucional que criminaliza la protesta social y contraviene los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano.
Por ello, exigimos la liberación inmediata de las personas detenidas arbitrariamente en Oaxaca, el cese de la criminalización de la protesta social, la implementación de medidas de seguridad y protección para quienes participan en movilizaciones feministas y de derechos humanos, la investigación y sanción de los responsables de las detenciones arbitrarias y la garantía de atención integral a las víctimas, incluyendo acompañamiento legal y psicológico. La protesta social es un derecho, no un delito.
La Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos exige justicia, seguridad y protección para quienes se manifiestan, y recuerda al Estado mexicano su obligación de cumplir con la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.